miércoles, 20 de abril de 2011

“POR UNA REAL ley antisecuestro" por: CARLOS BERNAL ROMERO

Desde los 70 el secuestro ha tenido una presencia importante, pero de unos 20 años a la fecha los secuestradores tomaron por asalto tanto al país como a la hoy llamada Capital en Movimiento o Ciudad de vanguardia.

Pero antes sólo lo hacían con políticos importantes; familiares de ellos o empresarios millonarios como Eugenio Garza Sada, a los cuales les sacaban muchos millones de pesos a cambio de su libertad. Además se trataba de raptos políticos que realizaban organizaciones subversivas en contra del Gobierno sobre todo de Luis Echeverría y José López Portillo.

Las cosas cambiaron por completo y a partir de los 90 el secuestro pasó de ser un asunto político como en Colombia a una de las industrias más rentables del país.

Porque en la última década las víctimas cambiaron y aún contando el no secuestro de Diego Fernández de Cevallos, los políticos son los más seguros y ahora la Clase media se ha convertido en el blanco favorito.

Lo peor de todo es que no se conforman con el monto del rescate, sino que mutilan y hasta matan a los plagiados, aun con el dinero que pidieron en la bolsa, porque es lo único que les interesa.

Entonces aunque todos que participan en un secuestro merecen la Pena de muerte, nunca la van a legalizar en México, tampoco sirve de nada aumentar las condenas a 30, 40 o más de cárcel.

Lo que se debe autorizar, es que deje de ser negocio para las bandas que lo realizan, de esta manera, a pesar de que al principio cobraría su cuota de muertos, tarde o temprano se terminaría.

Los puntos de una verdadera Ley antisecuestro ya los plantearon con anterioridad los estadounidenses:

1.- Los familiares tienen la obligación de denunciar de inmediato el secuestro.

2.- Se congelan las cuentas del secuestrado y de sus familiares ricos

3.- Encarcelar a la persona que haga de mediador entre los secuestradores y los familiares del plagiado.

Con esto se aplicaría a la perfección:

A grandes males; grandes remedios


(1/III/2011) (CARLOS)

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